7 mayo, 2024
Ultimas Noticias

Oficializaron requisitos del Repro II para los salarios de noviembre

La variación de la facturación del IVA compras deberá ser menor a 67%.

El Ministerio de Trabajo oficializó este jueves los requisitos de preselección y selección para el Programa de Recuperación Productiva II (Repro II) para los salarios devengados en noviembre último.

Lo hizo a través de la Resolución 803/2021 publicada en el Boletín Oficial, que adopta recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa Repro II en su acta número 13.

En cuanto a los criterios de preselección, el Comité estableció que, para los sectores críticos y no críticos, así como para el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos, se tomará la facturación registrada en octubre de 2019 y el mismo mes de este año, y la diferencia debe dar como mínimo una caída de 30% en términos reales y un aumento como máximo del 46,2% en términos nominales.

El Comité destacó que “a partir de la flexibilización de la mayoría de las medidas de distanciamiento social, la actividad económica y la dinámica laboral mostraron claros signos de recuperación durante setiembre y octubre”

Ese mismo período de comparación se utilizará en el sector de la salud, aunque la diferencia de facturación debe dar como mínimo una variación de 0% en términos reales, y como máximo un aumento de 108,8% en términos nominales.

Por otra parte, el Comité destacó que “a partir de la flexibilización de la mayoría de las medidas de distanciamiento social, la actividad económica y la dinámica laboral mostraron claros signos de recuperación durante setiembre y octubre”.

En este marco, consideró que es preciso “realizar algunas modificaciones en las condiciones establecidas para acceder a los beneficios del Programa correspondientes a noviembre”.

La variación exigida para la relación entre el costo laboral total y la facturación para los sectores críticos y afectados, retorne a la misma magnitud que se había definido previo a la irrupción de la segunda ola

Así, la variación de la facturación del IVA compras deberá ser menor a 67% para los sectores afectados críticos y no críticos (era del 66,6% en setiembre) y a 108,8% para los efectores de salud (era del 108,3%).

Otra de las modificaciones consiste en que la variación exigida para la relación entre el costo laboral total y la facturación para los sectores críticos y afectados, retorne a la misma magnitud que se había definido previo a la irrupción de la segunda ola.

En ese entonces, para acceder al Repro II, la variación del cociente entre el costo laboral y la facturación debía ser superior a 0%, requerimiento que se decidió flexibilizar por una caída mayor al 10%.

En tanto, se mantienen los montos en $ 22.000 la asistencia para las trabajadoras y trabajadores en empresas de sectores críticos, el mismo monto que para los de salud y para el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos, y en $ 9.000 a los no críticos afectados.

La entrada Oficializaron requisitos del Repro II para los salarios de noviembre se publicó primero en Cultural Cava.

Related posts

Científicos del clima pidieron a la COP26 acción inmediata

Buenos Aires Web

El Presidente recorre la empresa distribuidora de Libros para Aprender

Buenos Aires Web

Alegatos en el juicio por el doble femicidio en Monte Chingolo

Buenos Aires Web